Aire

Endurecen normas de calidad del aire

El Gobierno federal actualizó esta semana 5 de las 6 las normas oficiales mexicanas (NOM) en materia de salud ambiental que fijan los límites máximos de concentraciones de contaminantes en el aire ambiente.

Las actualizaciones fueron aprobadas el pasado 24 de agosto por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, y publicadas entre el miércoles y ayer en el Diario Oficial de la Federación.

Las regulaciones sustituidas fijaban límites máximos de concentración superiores a los recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

La NOM-020-SSA1-2021 sustituye la regulación vigente desde 2014, que establecía en 137 microgramos por metro cuadrado el valor límite máximo de concentración de ozono en ocho horas, y plantea su reducción gradual, a 127 en el primer año y a 100 en el quinto año.

Los altos niveles de ozono, alerta, están relacionados con displasia, pérdida severa del epitelio respiratorio normal, hiperplasia basocelular prominente, metaplasia escamosa, proliferación vascular submucosa en la mucosa nasal, así como la formación de productos de oxidación en el tejido pulmonar, entre otros efectos en la salud.

En tanto, la NOM-021-SSA1-2021, sustituye la regulación de 1993 que fijaba en 11 partes por millón (ppm), o 12 mil 598 microgramos por metro cúbico, en promedio móvil de ocho horas una vez al año, el límite máximo permisible de concentración de monóxido de carbono.

La nueva NOM fija el límite máximo en 9 partes por millón o 10 mil microgramos por metro cúbico.

«El monóxido de carbono tiene una fuerte capacidad de unirse a la hemoglobina y su inhalación produce hipoxia en el ser humano, que es un estado de deficiencia de oxígeno en las células y los tejidos, lo que compromete su función. Esto puede suceder aunque el flujo sanguíneo sea normal y puede llevar a complicaciones fisiológicas graves, algunas potencialmente mortales».

En el caso de las partículas suspendidas con un diámetro igual o menor que 10 (PM10) o 2.5 ( PM2.5) micrómetros, la NOM-025-SSA1-2021 fija en 70 y 41 microgramos por metro cuadrado los valores máximos de concentración promedio de 24 horas para el primer año y en 50 y 25 para el quinto año.

La norma sustituida los fijaba en 75 y 45.

De acuerdo con un estudio de la OMS, la exposición a partículas finas en el aire ambiente representa el quinto factor de riesgo de muertes prematuras en la población a nivel mundial.

La NOM-023-SSA1-2021 reduce el límite máximo permisible de concentración promedio de una hora de dióxido de nitrógeno de 0.21 a 0.106 partes por millón.

«Estudios epidemiológicos asocian el incremento en los niveles de dióxido de nitrógeno con el aumento de consultas de urgencia por causa respiratoria», señala.

Finalmente, NOM-026-SSA1-2021, publicada ayer, fija en 0.5 microgramos por metro cúbico el valor límite anual de plomo en el aire ambiente.

«Los efectos adversos a la salud por la exposición al plomo en aire ambiente se relacionan con los sistemas nervioso central, inmunológico, reproductivo y cardiovascular, así como la función renal, el desarrollo y la capacidad del transporte de oxígeno de la sangre», advierte.

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